En audiencia de procedimiento abreviado este miércoles, Antonio Luna, acusado del homicidio de sus tres hijos cometido el 14 de enero de este año en Ampliación Cieneguita, San Miguel de Allende, fue condenado a 16 años y 8 meses de prisión tras de que se cumplieran todas las condiciones para esa salida alternativa del proceso penal que se le seguía, incluido el propio reconocimiento de su responsabilidad en el delito.
En audiencia de oralidad que se llevó a cabo de manera privada, en la Sala de Oralidad número Uno de San Miguel de Allende, la Procuraduría General de Justicia y el procesado con su defensor, acudieron a solicitar audiencia de procedimiento abreviado para termina de manera abreviado el proceso que de otra forma lo llevaría a juicio de oralidad y a la probabilidad de una sentencia más severa.
La audiencia de este miércoles, fue la secuela de lo convenido previamente por las partes, y su contenido trascendió tras de que fuera sentenciada.
Ante el juez, tras renunciar a su derecho a un juicio de oralidad y tras el reconocimiento que hizo hace meses, en otra audiencia, de su responsabilidad en la muerte de sus hijos de entre cuatro y once años de edad, lo cual, dijo, había había cometido en un estado que le impedía comprender la realidad, este miércoles el Ministerio Público solicito el procedimiento abreviado.
El propio imputado señaló ante el juez que comprendía el procedimiento al que se sometía y posteriormente, la sentencia que era dictada en su contra.
En este, el Ministerio Público lo acusó de homicidio en razón de parentesco, cometido en agravio de sus propios hijos, pero se abstuvo de formularle acusación de tentativa de homicidio agravio de Juana Luna, su esposa; un cargo que venía sosteniendo el Ministerio Público.
En la sentencia, dictada esta tarde, el juez de oralidad lo sentenció a 16 años y 8 meses de prisión, y razonó señalando que se trata de una pena disminuida en un tercio respecto de la que impone a este delito, de acuerdo con la ley.
Señaló también que se le impone la pena disminuida como lo autoriza la ley penal para quien se somete a procedimiento abreviado, y añadió que, por otra parte, el juez no puede imponer pena diferente mayor o menor, a la propuesta por el Ministerio Público, que fue precisamente esa de 16 años y 8 meses de prisión.
De acuerdo con las formalidades del procedimiento la sentencia dictada contra Antonio Luna por esos homicidios, es definitiva y por tanto no resulta apelable.
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