La Comisión de Justicia del Congreso del Estado avaló cambios al código penal que permiten privilegiar la presunción de inocencia de los ciudadanos cuando hagan uso de la legítima defensa.
La comisión encabezada por la priista Arcelia González buscó con este ajuste perfeccionar el concepto de legítima defensa tras la controversia constitucional interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia que aún no se resuelve.
De acuerdo a Arcelia González, se elimina lo hace un año aprobado por unanimidad para quedar con una mejor redacción en la que prevalece la opinión del magistrado Miguel Valadez en donde no hay ningún viso de inconstitucional que pueda generar otra controversia.
En el período extraordinario del próximo 18 de septiembre aprobará derogar el párrafo -hoy en controversia- y adicionar uno a la fracción V del Código Penal del Estado de Guanajuato bajo el concepto de legítima defensa privilegiada. Así el nuevo texto:
Se presumirá como legítima defensa, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien a través de la violencia, del escalamiento o por cualquier otro medio trate de penetrar sin derecho, a la casa habitación del agente, al de su familia, a sus dependencias, o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propio o ajenos respecto de los que exista la misma obligación; o bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una agresión”.
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