Los “Lineamientos para garantizar la equidad de los participantes de la contienda electoral” emplazan de manera expresa a quienes sean denunciados por presunta violación de estas disposiciones a decir a la autoridad, bajo protesta de decir la verdad, si en verdad aspiran a un cargo de elección popular.
Así se establece en el octavo punto del documento aprobado por el Instituto Nacional Electoral el pasado jueves, titulado “Medios de Control” en el que refiere los procedimientos que se habrán de seguir ante eventuales denuncias contra funcionarios que infrinjan las normas.
“Iniciado el procedimiento, en el emplazamiento o en los requerimientos preliminares, la autoridad deberá solicitar al presunto sujeto infractor información bajo protesta de decir verdad sobre su intención de aspirar a un cargo de elección popular, de manera que si la respuesta fuere negativa, tal declaración será tomada en cuenta en caso de que sí llegase a postularse, para efectos de la contabilización de los gastos realizados”, señala textualmente la parte medular del apartado.
Enseguida señala que una vez concluida la sustanciación del procedimiento por parte de la autoridad competente, siempre que se acredite la existencia de la propaganda difundida en contravención a estos Lineamientos, deberá darse vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral para que, en caso de que la persona involucrada obtenga el registro de una precandidatura, de aspirante a candidatura independiente o candidatura, se cuantifique el costo de la propaganda política electoral y se acumule a los gastos correspondientes.
Esta disposición entrará en vigor el 7 de septiembre y de acuerdo al mismo texto, los procedimientos respectivos se iniciarán a petición de parte, o bien, de oficio, cuando la conducta desplegada constituya una violación evidente a los Lineamientos.
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