En la audiencia inicial que rige el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, un Juez de Control calificó de legal la detención de dos guardias de seguridad privada acusados de homicidio a título de culpa.
En el caso de uno de ellos, el impartidor de justicia no encontró elementos suficientes que acrediten su responsabilidad en la comisión del delito por lo que no lo vinculó a proceso. Caso contrario, al segundo de los acusados, se le dictó auto de vinculación a proceso toda vez que al escuchar los datos de prueba expuestos encontró los suficientes elementos, mismos que presumen su probable responsabilidad en torno al hecho.
Como medida cautelar personal, el Juez de Control impuso al guardia acusado la presentación periódica semanal ante la autoridad administrativa responsable y como plazo para el cierre de investigación complementaria, el Juez decretó el de 4 meses.
Bajo la Causa Penal 1P2017-223 se expuso el cuadro fáctico que señala que el pasado 21 de febrero del presente año, el ofendido intentaba introducirse el Circuito Brisas de San Javier cuando el guardia de seguridad acusado y vinculado, con el brazo derecho lo sujetó del cuello para someterlo, haciéndole lo que se conoce como “llave china”, y al estarlo sometiendo llegó su compañero quien le sujetó los brazos y le colocó unas esposas, amarrándole los pies con cinta canela.
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