Guanajuato.- Este lunes el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió invalidar los artículos del Código Penal del Estado de Guanajuato que sanciona el delito del ‘halconeo’.
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Dichos artículos, el 222-a y 222-b, fueron promovidos en el 2019 por la diputada local del PAN, Laura Cristina Márquez Alcalá, actual presidenta del Congreso del Estado.
En ellos se estableció que al servidor público que proporcione información que conozca con motivo de sus funciones para que se cometa cualquier hecho delictuoso o para entorpecer el cumplimiento de funciones de seguridad pública, se les sancione con tres a nueve años de prisión y de treinta a noventa días de multa.
Ante esto, ese mismo año la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, encabezada por Luis Raúl González Pérez, presentó la Acción de inconstitucionalidad 94/2019, bajo el argumento de que las citadas reformas violaban distintos preceptos como el derecho a la seguridad jurídica y de acceso a la información, así como el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad en materia penal.
Al analizar esta acción de inconstitucionalidad, la SCJN determinó que los citados artículos, en efecto, violan el principio de legalidad, en su vertiente de “taxatividad en materia penal”, pues las descripciones de dichas conductas resultaban amplias e imprecisas.
Consideró también que esa amplitud afectaba los derechos de acceso a la información y de libertad de expresión, pues podría considerarse como delito cualquier actividad encaminada a obtener datos sobre las actividades referidas.
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Por tratarse de disposiciones en materia penal, el Pleno estableció que los efectos de la invalidez serán retroactivos al 3 de agosto de 2019, fecha en la cual entró en vigor la norma impugnada.
/e
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