El Consejo General del Instituto Estatal Electoral declaró procedentes 245 de 255 avisos de funcionarios de elección popular en el estado que buscarán la reelección por primera vez en la historia.
Las 10 solicitudes registradas corresponden a los alcaldes sustitutos de Jerécuaro y Tarimoro que no tienen derecho a la reelección y 8 regidores de distintos municipios que buscan cargos distintos al que actualmente ostentan.
El consejo rechazó la solicitud de Morena que pidió negar el aviso al diputado David Landeros pues ya había sido expulsado de las filas de este instituto y se había declarado independiente.
Tras una breve discusión, se determinó que lo único que validaba el IEEG es la intención de quienes buscan la reelección pero no les garantiza la postulación pues eso ya corresponderá a los partidos políticos.
También, el pleno del consejo del IEEG avaló el acuerdo del Tribunal Estatal Electoral que dio la razón al PT y Encuentro Social que impugnaron no haber recibido prerrogativas en el Estado tras haber perdido el registro por lo que ahora recibirán 1.3 millones cada uno solo para campañas electorales.
Que estos partidos no habían alcanzado en el Estado el 3% de la votación, no habían tenido derecho de recibir financiamiento público, porque así lo había establecido la ley, sin embargo en la resolución emitida por el Tribunal de Guanajuato que tiene precedente en otras similares partes del país, se determina que aún cuando estos partidos no alcanzaron el 3%, y no tienen financiamiento para actividades ordinarias permanentes y específicas, sí deben tener para campañas durante el proceso electoral”, expresó el presidente del IEEG.
En otro tema, Mauricio Guzmán Yáñez, confirmó que a partir de mañana y hasta el próximo martes, los partidos políticos deberán a visar al IEEG sus métodos de selección, sus criterios de paridad y la forma en que postularán a sus candidatos a alcaldes y diputados locales.
Entre otras cosas, deben señalar la fecha de inicio de procesos internos, el método o métodos que serán utilizados, la fecha para la expedición de la convocatoria correspondiente, los plazos que comprenderá cada fase del proceso interno, los órganos responsables de su conducción y vigilancia, la fecha de la asamblea electoral interna y en su caso la realización de la jornada comicial interna de acuerdo a los plazos.
Deberán informar x, y, y z, y luego dice también los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas a diputados, presidentes municipales, síndicos y regidores, y la definición, así la leo textual, la definición de los distritos y municipios en los que postularán mujeres, y el 22 dice que no pueden postular a personas de un mismo sexo en los municipios y distritos”
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