Los desarrolladores de vivienda cuando buscan que un fraccionamiento sea cerrado y con control de acceso, la Dirección de Desarrollo Urbano les especifica que si bien son medidas de seguridad no se debe obligar a los visitantes a entregar su identificación ni retener algún documento, ni impedir el libre tránsito.
La directora de desarrollo urbano Teresita Gallardo señaló que en el código se marca dentro de los requerimientos, las condicionantes y lineamientos que se piden a un desarrollador (no a un comité de colonos que propone un control de acceso hay varias reglas que se le pide cumplir como la ubicación de la caseta, que el terreno donde se ubique dicha pluma se defina como un área de servicio escriturada al municipio y así mismo entre ellos se determina como deberá de operar dicha medida de seguridad.
La funcionaria afirmó que hasta el momento la dirección de desarrollo urbano no ha recibido ni una sola queja o alguna instrucción de la autoridad donde se indique que se permita el libre acceso a los ciudadanos.
Mencionó que hasta el momento es por voluntad propia que los ciudadanos deciden dejar su documento de identificación pero no deben ser obligados y eso los desarrolladores de vivienda lo saben muy bien.
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