Con la creación de 3 nuevos delitos que serían castigados con sanciones que podrían ir de tres meses y hasta dos años de prisión, la fracción del PAN pretende que en Guanajuato por primera vez se castigue el ciberacoso que algunas personas cometen contra otras haciendo uso de las tecnologías y redes sociales.
Acecho, afectación de la intimidad y captación de menores son los tipos penales que la fracción mayoritaria en el Congreso local quiere incluir en el Código Penal a través de una iniciativa que ayer dio a conocer en voz de la diputada, Libia Dennise García Muñoz Ledo.
De acuerdo a la iniciativa, el delito de Afectación a la Intimidad (sexting), que pretende sancionar la difusión de imágenes o grabaciones obtenidas con anuencia (es decir, con consentimiento y voluntariedad) de la víctima cuando éstas son difundidas con posterioridad por el autor del delito, causando de este modo una grave afectación al derecho a la intimidad de la víctima.
Actualmente, el Código Penal es incapaz de dar solución a este problema ya que únicamente castiga la divulgación de las imágenes o grabaciones (u otros documentos personales) cuando se han obtenido sin el consentimiento de la víctima.
Mientras tanto, el delito de Acecho (stalking), castigaría con pena de prisión de hasta dos años y multa de seis a veinticuatro meses aquellas situaciones de acoso y hostigamiento llevadas a cabo por sujetos que se obsesionan con una persona y deciden llevar a cabo reiteradas conductas de acecho a la víctima pese a la oposición mostrada por ésta.
Entre las múltiples conductas que pueden integrar este nuevo delito las más habituales, muy probablemente, serán las llamadas continuas de teléfono o el envío reiterado de mensajes por medio de servicios de mensajería instantánea o redes sociales, asimismo como la vigilancia y actividad persecutoria a las víctimas.
Y finalmente la Captación de Menores que es conocido internacionalmente con el nombre de “grooming”, cuya traducción al español sería algo similar a lo que se entiende por acercamiento, preparación o acicalamiento. Es decir, una serie de actos o conductas ejecutadas por una persona mayor de edad con el objetivo de ganarse la confianza de un menor de edad y de tal modo entablar una conexión sentimental o emotiva que le permita posteriormente –en términos genéricos- abusar sexualmente de ese menor.
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