La Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial clausuró un horno para la elaboración de tabique por no cumplir con la licencia para su operación.
Luego de varias visitas previas, derivado de las atribuciones de inspección, fueron detectadas las irregularidades y se inició el trámite de los expedientes, que concluyeron en la clausura del horno ladrillero.
La clausura se realizó en la comunidad de Franco, municipio de Silao. Se encontraba en operación, cuando cuatro inspectores y un abogado de la dependencia en mención, en compañía de elementos de las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado, llegaron al lugar y solicitaron presentar la Licencia Ambiental de Funcionamiento.
De acuerdo al artículo 173 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato se establece el fundamento legal para sancionar con clausura cuando el infractor no cumpla en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas.
En el caso del operativo los infractores no acreditaron el cumplimiento de dichas medidas, es decir, no se presentó la Licencia Ambiental de Funcionamiento, para fuentes fijas de jurisdicción estatal procediendo a materializar la clausura, imponiendo los sellos con folio 1570, 1571, 1572 y 1573.
La clausura podrá ser levantada por la autoridad, luego que el representante el horno ladrillero presente el documento, así como un oficio donde solicite se retiren los folios para poder operar.
Para atender el ordenamiento legal, la PAOT ha trazado un plan de acción en el que establece diversos programas, que facilitan y alientan a las empresas a cumplir de manera voluntaria con la normativa ambiental vigente en el Estado.
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