El presidente del consejo del Instituto Estatal Electoral Mauricio Guzmán Yañez descartó que tras el asesinato del alcalde de Jerécuaro Rogelio Sánchez Galán, se requiera llamar a una elección extraordinaria pues la ley orgánica municipal marca que ante la falta absoluta del alcalde, el propio Ayuntamiento deberá elegir al sustituto.
Guzmán Yáñez lamentó los hechos ocurridos en ese municipio y dijo respetar los puntos de vista distintos que se han expresado hasta el momento pero que en el análisis particular que realizaron sobre el tema la conclusión del IEEG es que la salida está en el artículo 55 de la mencionada ley que se refiere a los escenarios de ausencia absoluta del presidente municipal.
El árbitro electoral refirió que hay elección extraordinaria cuando la ausencia es del gobernador o de un diputado de mayoría relativa.
“Cuando hay falta absoluta de gobernador o cuando hay falta absoluta de los diputados de mayoría relativa, pero no para un Ayuntamiento, y la razón es porque un Ayuntamiento se integra además del Presidente Municipal por los Síndicos y Regidores, que todos fueron electos constitucionalmente y cuya elección por los ciudadanos está vigente, entonces faltaría para integrar el Ayuntamiento al Presidente Municipal y sería complicado hablar de una elección extraordinaria de todo el Ayuntamiento, dejando de lado al resto de los regidores, al resto del Ayuntamiento”
Guzmán Yañez expuso que mientras no entre en funciones el Ayuntamiento no puede aplicarse la ley; es decir cuando se confirme en los hechos el 10 de octubre la ausencia absoluta del alcalde, el Ayuntamiento tendrá 48 horas para elegir a un presidente municipal sustituto. Precisó que, de cualquier forma, esta es solo una opinión que hace como presidente del órgano electoral pero que estará atento a otros puntos de vista sobre la materia que expresen partidos políticos y otros poderes.