México.- Los bancos deberán pagar intereses moratorios a partir de que los clientes reporten retiros no autorizados de sus tarjetas de débito, estableció la Suprema Corte de Justicia.
La Primera Sala publicó el 4 de agosto una jurisprudencia obligatoria, que aclara que el pago de intereses no se debe empezar a acumular hasta que se dicte sentencia en una demanda promovida contra el banco renuente a reintegrar el dinero, sino desde el aviso del cliente.
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“Si la institución bancaria depositaria del dinero no restituye el monto del cargo no reconocido, deberá pagar los intereses moratorios en razón del 6 por ciento anual”, estableció la Sala, por mayoría de cuatro votos con el Ministro Jorge Pardo como único disidente.
La Sala matizó que los bancos que devuelvan el dinero tendrán derecho a recuperarlo, con intereses, si prueban que el cliente inconforme fue quien lo retiró.
La Suprema Corte de Justicia ya había aclarado que los bancos tienen que pagar este tipo de intereses, previstos en el Código de Comercio, cuando se retira dinero indebidamente, pero no había determinado el momento a partir del cual se empiezan a acumular.
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