Guanajuato.- El Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) resolvió seis procedimientos especiales sancionadores tras los cuales desechó tres quejas, mientras que en otras tantas declaró que hubo violaciones a la ley electoral y dictó sanciones en contra del PRD, del PAN y de Morena.
Sobre los otros tres expedientes declaró la inexistencia de infracciones en los señalamientos del PRI contra el PAN; otro del PAN contra el PRI y uno más de Morena contra el blanquiazul. En todos los casos, se trató de expedientes sobre hechos ocurridos en el proceso 2021.
Sobre los casos que resultaron con sanción destaca el TEEG-PES-38/2023, en el PAN denunció al entonces candidato a la Presidencia Municipal de Valle de Santiago por Morena, y a personas administradoras del perfil de redes sociales por realizar expresiones y alusiones de carácter religioso en una publicación de Facebook durante su campaña, con invitación expresa al voto.
El Tribunal, por mayoría de votos, sancionó con multa al partido y al candidato y declaró cosa juzgada respecto a las administradoras porque se demostró la existencia de las conductas denunciadas.
Pese al voto en contra de Alejandro Martínez Mejía, las magistradas Dolores López Loza y Yari Zapata votaron a favor de la sanción. Así lo comentó esta última.
“En mi opinión, el elemento de la festividad si bien originalmente tuvo un origen eminentemente católico, ahora ya es una festividad de arraigo de manera social y de manera cultural que ya no tiene esta connotación católica. Sin embargo al concatenar este festejo con la imagen de la cruz y la imagen de la virgen, independientemente de que el oficial no haya hecho referencia a esto, no significa que no esté dentro de la publicación”.
Mientras tanto, por el expediente TEEG-PES-40/2023 iniciado por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato en contra del PRD por la omisión de retirar propaganda electoral en el plazo establecido en la normativa local, el Tribunal impuso una amonestación pública al partido, porque se constató la presencia de dos bardas que contienen propaganda alusiva a este y a sus entonces candidaturas a la Presidencia Municipal de San Luis de la Paz y Valle de Santiago fuera del plazo de siete días posteriores a la conclusión del proceso.
Finalmente, se encontraron fundamentos en la denuncia TEEG-PES-35/2023 del PRI contra el PAN y su entonces candidato a la Presidencia Municipal de Pénjamo y a una administradora de un perfil de Facebook simpatizante del partido; por la presunta publicación de imágenes y videos donde aparecen personas menores de edad, sin que contaran con la autorización de quienes pueden otorgarla.
El Tribunal sancionó con amonestación pública al PAN y a la administradora por violación a los derechos de la niñez.
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