Guanajuato.- El Tribunal Estatal Electoral (TEEG) determinó que el diputado local del partido Verde, Gerardo Fernández, cometió violencia política en razón de género, en contra de la diputada panista Cristina Márquez tras haber calificado como un capricho el diferimiento de una sesión del Congreso local cuando esta era presidenta del poder legislativo a principios de 2023.
Por lo anterior, Gerardo Fernández deberá emitir una disculpa pública a más tardar 5 días después de que quede firme la sentencia, pagar una multa equivalente a unos 14 mil 500 pesos y quedar inscrito por 2 años y 2 meses en los Registros Estatal y Nacional de personas sancionadas por VPG.
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Así lo leyó el secretario de ponencia, Ricardo Aguilar, quien refirió que se analizaron 3 mensajes denunciados por la diputada y emitidos por Fernández en la red social X, de los cuales solo uno se acreditó como VPG.
“Por haber utilizado una palabra que perpetúa estereotipos de género pues descalifica a la quejosa, la infantiliza y la coloca como quien toma decisiones basada en estado de ánimo y no en razonamientos. Por esta trazón es que se propone imponer una multa y las medidas de reparación integral de daño consistentes en disculpa pública, publicación de síntesis de la sentencia y tomar un curso sobre el tema y la inscripción en el registro estatal y nacional de personas sancionadas por este tipo de faltas”, dijo.
Las 2 expresiones que no se juzgaron como VPG fueron; “Pospone el pleno para ir aplaudirle al Fiscal” y “Cambio de la presidencia, aunque sea temporal”. Acompañada esta expresión de un – emoji – que simula una carcajada.
La expresión del diputado del Verde que sí se castigó fue: “Hoy toca sesión del pleno del Congreso del Estado. Se cambió la hora por el capricho de la presidenta”.
El TEEG considera en el cuerpo de la sentencia que, si bien, es inviolable el derecho de ejercer la libertad de expresión dentro del debate político y la diversidad de quienes están en posibilidad de exponer sus puntos de vista respecto al encargo de otras personas, éste no resulta absoluto.
“De lo anterior, se advierte un impacto desproporcionado a partir de la condición sexo-genérica de la quejosa, pues lo que está en análisis por sí mismo, pone en duda su capacidad o de las mujeres en general para gobernar, al extremo de considerarlas como conductas estereotipadas que impliquen VPG, ya que este tipo de comentarios descalifican su capacidad y profesionalismo y perpetúan creencias que asocian a las mujeres con la emocionalidad y la irracionalidad.
Además, con estas manifestaciones hacia la quejosa se manda un mensaje estereotipado a la sociedad, pues el origen de la palabra “caprichosa” en México, al igual que en otros países de habla hispana, proviene del término “capricho”, que se refiere a un deseo o antojo que no siempre tiene una justificación lógica, que a menudo se aplica de manera desproporcionada y negativa hacia las mujeres, pretendiendo normalizar un tipo de violencia de género, mediante la opinión de Gerardo Fernández González, lo cual no constituye una expresión de índole política, sino una connotación exclusiva de lo femenino y sexista”, abunda el TEEG.
/LT
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