El pleno del Congreso local aprobó por unanimidad reformas a la Ley de Movilidad del Estado con las que se incrementan las sanciones a quienes manejen bajo el influjo del alcohol, las drogas, estupefacientes o cualquier sustancia que produzca efectos similares.
La reforma señala que quienes conduzcan bajo el efecto del alcohol, narcóticos, estupefacientes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca efectos similares deberá realizar trabajo a favor de la comunidad en instituciones públicas educativas o de asistencia social, sin que exceda de diez jornadas de hasta tres horas en no más de tres días a la semana, fuera del horario de actividad habitual del infractor.
Asimismo se precisa que se sancionará con arresto de veinte hasta treinta y seis horas, a quien conduzca con un nivel de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espiado superior a 0.4 miligramos por litro, así como bajo el influjo de narcóticos o cualquier otra sustancia que produzca efectos similares.
No obstante, en el artículo transitorio se establece un período de gracia de hasta un año a partir de la entrada en vigor de las reformas para que los municipios que no cuenten con la infraestructura y los recursos materiales y humanos necesarios para la aplicación de la norma, puedan adecuar su infraestructura y organización administrativa.
En tribuna, hablaron a favor del dictamen el priista Rigoberto Paredes Villagómez y el panista Juan Carlos Muñoz Márquez ambos integrantes de la comisión de Seguridad y Telecomunicaciones quienes coincidieron en que con estas reformas se atendía un reclamo social y se hacía frente a un problema de seguridad y salud que es urgente resolver.
Los índices delictivos registrados tanto por las corporaciones policiacas como las cifras que presenta de manera oficial el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad muestra que la mayoría de los homicidios culposos suceden en la vía pública, y en ellos es notoria la imprudencia de los conductores que entre otras variables reportan estar bajo la influencia del alcohol o psicotrópicos”
Por su parte, Juan Carlos Muñoz habló de los poco honrosos lugares que ocupa el estado en accidentes automovilísticos.
Guanajuato desgraciadamente ocupa el primer lugar en accidentes, en muertes por accidente. México a nivel mundial ocupa el séptimo lugar, necesitamos tomar acciones que funcionen. Esta iniciativa que estamos promoviendo, quiere precisamente generar eso: conciencia. No estamos buscando un tema recaudatorio, no se trata de jalar más dinero y aprovechar las circunstancias para generar mejores ingresos para los municipios. Se busca generar conciencia en cada uno de los ciudadano”
La reforma establece también que la licencia del conductor será suspendida por 180 días si se encuentra intoxicado por la ingesta de bebidas alcohólicas, cuyo examen de alcoholemia rebase los índices mencionados anteriormente o esté bajo el influjo de algún tipo de droga.
Aunado a ellos, el conductor deberá someterse a un programa de prevención o rehabilitación de adicciones en instituciones públicas o privadas que cumplan con requisitos establecidos en el reglamento de la Ley de Movilidad.
Se precisa que a las personas que incurran por segunda vez, en un periodo que no exceda de tres años en el supuesto a que se refiere el párrafo anterior, se les sancionará con arresto administrativo de treinta y seis horas y se cancelará su licencia, la cual solamente podrán volver a obtener cumpliendo los mismos requisitos que se soliciten para una licencia por primera vez, hasta haber trascurrido los tres años a partir de la cancelación.
Además el conductor deberá acreditar haberse sometido a un programa de prevención o rehabilitación de adicciones en instituciones públicas o privadas y presentar los exámenes de toxicomanía y alcoholismo que demuestren que no es dependiente de bebidas alcohólicas, narcóticos, estupefacientes o cualquier sustancia que produzcan efectos similares.
Tratándose de menores de 18 años únicamente se les cancelará el permiso para conducir y estarán inhabilitados para obtenerlo por un año contado a partir de la fecha en que se cometió la infracción.
También el conductor deberá someterse a un programa de prevención o rehabilitación de adicciones.
Discussion about this post