La Comisión de Gobierno aprobó el acuerdo de sobreseimiento del recurso de inconformidad que presentó la empresa lintel por las condicionantes que en su momento fueron puestas a la empresa parquera para el desarrollo de Colinas de León 2.
El encargado del área jurídica del municipio explicó que en agosto del 2015 el Ayuntamiento aprobó la asignación de uso de suelo a este desarrollador con una serie de condicionantes en materia de urbanización y en uno estos puntos se establece que las mismas pudieran ser realizadas y promovidas por el desarrollador por lo que se siguió el procedimiento, no obstante las condicionantes fueron impugnadas por lo que se agotaron las fases del recurso con la rendición de un informe de autoridad y llamamiento de terceros, además de la admisión y desahogo de diversas pruebas.
Después de más de un año de revisión fue aprobada la propuesta de acuerdo de ayuntamiento que se refiere al “sobreseimiento, en términos de lo establecido por el artículo 242, fracción V, del código de procedimientos y justicia administrativa para el estado, que dice que podrá darse el sobreseimiento por dejar de existir el objeto o materia del acto o resolución ya que hay la existencia de constancias procesales que acreditan que las condicionantes impugnadas ya han sido atendidas o promovidas por el desarrollador.
Entre estas condicionantes están la factibilidad de servicios de SAPAL, la dictaminación de Gasoductos Bajío SRL de C. V, Convenio de Colaboración y coordinación con la Red de Carreteras de Occidente y municipio de León, así como el informe de la dirección general de movilidad de existencia de transporte público en la zona.
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