Para profesionalizar y regular la participación ciudadana en los consejos ciudadanos, el Consejo Coordinador Empresarial de León presentó el Código de conducta para consejeros ciudadanos, el cual no lleva dedicatoria alguna.
En rueda de prensa, José Arturo Sánchez Castellanos, presidente del organismo empresarial, indicó que el decálogo, que este lunes fue entregado al alcalde Héctor López Santillana, busca una labor más profesional de los consejeros, así como prevenir que éstos caigan en conflictos de interés o utilicen información privilegiada en favor de intereses personales.
La verdad es que este código de ética no tiene una dedicatoria para nadie, claro que ha recogido todas las experiencias que hemos tenido, buenas y malas, y de ahí se ha conformado el código de ética.
Este código de ética tiene vigencia, para nosotros, a partir del día de hoy que lo entregamos al Alcalde; no es retroactivo en términos legales, pero en términos morales y éticos, a partir de hoy, vamos a distribuirlo en todos los grupos de consejos que tenemos en la ciudad”, dijo.
José Arturo Sánchez Castellanos
Sánchez Castellanos agregó que serpa el Consejo Ciudadano de Contraloría Social el órgano encargado de investigar y sancionar a aquel consejero ciudadano que viole el referido código de ética.
Además, indicó que en conjunto con el Gobierno de León, se cabildeará entre los diputados para que se lleven a cabo reformas a la Ley Orgánica Municipal con este mismo objetivo: regular los consejos ciudadanos y la actuación de sus integrantes.
Estos son los 10 puntos establecidos en el Código:
- Los consejeros no podrán aceptar ni dar regalos u obsequios en el desarrollo de su actividad en el organismo o entidad del que formen parte.
- Los consejeros no podrán, directa o indirectamente ni a través de una empresa, vender o prestar servicios para el organismo o entidad en la que participen.
- Los consejeros no podrán aceptar hospitalidades tales como gastos de viaje o de cualquier otra índole que sean pagados por los proveedores o prestadores de servicio del organismo o entidad en la que participen.
- Los consejeros respetarán el principio de confidencialidad respecto a la información a que tengan acceso en los Consejos Ciudadanos, comprometiéndose a que no se aprovecharán de la misma.
- Los consejeros, en todas sus actividades empresariales, profesionales o particulares, evitarán cualquier actuación o decisión que pueda vulnerar las leyes, reglamentos o normativas municipales, estatales o federales.
- Siempre que exista una causa presumible de conflicto de interés, el consejero involucrado, deberá manifestarlo y en caso aplicable, abstenerse de emitir un voto.
- Con el objeto de fomentar una mayor variedad y diversidad en la participación ciudadana, los Presidentes de los Organismos que integran el CCEL se abstendrán de auto nombrarse como Consejeros Ciudadanos para cualquier instancia, a menos que estén próximos terminar su encargo (3 meses).
- Los consejeros no podrán promover o participar en la contratación, nombramiento, evaluación, ascenso, transferencia, o el disciplinamiento de un familiar en una posición dentro del Consejo Ciudadano en el que participe o en otro.
- Los Consejeros Ciudadanos vigilaran y cuidaran los recursos públicos en los organismos que participen, pero preferentemente se abstendrán de administrar recursos públicos a través de firmas de cheques o manejo de dispositivos bancarios.
- Los consejeros ciudadanos no podrán aceptar trabajo, proyectos, o celebrar cualquier tipo de contrato profesional con el organismo que participen o hayan participado en los últimos tres años.
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