El alta de beneficiarios es registrar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a quienes legalmente tienen derecho a beneficios por parte de los trabajadores asegurados.
“Los beneficiarios pueden ser la esposa o concubina, hijos hasta los 16 años o hasta los 25 si son estudiantes, padre o madre siempre y cuando dependan y convivan con el asegurado”, señaló Blanca Elia Flores Alba, jefa del departamento de Supervisión de Afiliación de la Delegación Guanajuato, del IMSS.
Los requisitos son estar dado de alta el asegurado ante el IMSS, es decir, que esté vigente e identifique la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde para afiliar, en el caso de la esposa, presentando acta de nacimiento, CURP de ambos, identificación de los dos y un comprobante de domicilio reciente.
Para la vigencia de la trabajadora o trabajador es importante que el patrón los tenga dados de alta ante el Instituto, desde el primer día de trabajo, a fin otorgar los derechos que se tienen y brindar la protección correspondiente al trabajador, tanto en el lugar de trabajo como en los trayectos del centro laboral al hogar y viceversa, para lo cual hay que proporcionar los datos del domicilio real, por cualquier eventualidad.
Lo trámites de alta de beneficiarios se realizan en el archivo de la Unidad que les corresponda o por internet y es importante que se haga el trámite, ya que aunque tengan derecho al servicio, también tienen la obligación de darlos de alta para estar en posibilidad de recibir los servicios que otorga el IMSS.
Los documentos por tipo de beneficiario que se solicitan son:
- Asegurada(o) o Pensionada(o): Identificación oficial, Número de Seguridad Social CURP, Fotografía Infantil y Comprobante de domicilio.
- Esposa(o): Identificación oficial, Número de Seguridad Social, CURP, Fotografía Infantil, Comprobante de domicilio y acta de matrimonio.
- Concubina(o): Identificación oficial, Número de Seguridad Social, CURP, Fotografía Infantil, Comprobante de domicilio y Acta de nacimiento (en caso de existir hijos en común).
- Padres: Identificación oficial, Número de Seguridad Social, CURP, Fotografía Infantil, Comprobante de domicilio y Acta de nacimiento del asegurado(a).
- Hijos: Identificación oficial, Número de Seguridad Social, CURP, Fotografía Infantil, Comprobante de domicilio y Acta de nacimiento o acta de adopción o acta de reconocimiento.
Para finalizar, Flores Alba invitó a la población derechohabiente a mantener actualizados sus datos ante el IMSS a fin de poder otorgarles un mejor servicio.
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