La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolver a la brevedad y en definitiva los amparos promovidos en contra de la contabilidad electrónica.
El organismo autónomo informó que ante la falta de decisión judicial, miles de contribuyentes que han promovido estos amparos en contra de la contabilidad electrónica, próxima a iniciar su cumplimiento, se encuentran en un estado de incertidumbre jurídica.
Alertó que en caso de que la SCJN resolviera negar el amparo, los contribuyentes que obtuvieron una suspensión para no enviar o no realizar la contabilidad electrónica tendrán que cumplir de manera retroactiva con esta disposición, lo que podía acarrearles problemas.
Destacó que a más de dos años de que entró en vigor la reforma fiscal, la Corte no ha resuelto sobre la constitucionalidad de la gran mayoría de los cambios impugnados por miles de empresas, y no tiene fecha para hacerlo.
El ombudsman del contribuyente apuntó que las resoluciones de la SCJN se han limitado a aclarar si proceden o no las suspensiones contra la aplicación de las normas relativas a la contabilidad electrónica.
En ese sentido, la Prodecon se mostró preocupada de que, a dos años desde que se promovieron los primeros amparos en contra de la contabilidad electrónica, aún no haya una resolución del Poder Judicial de la Federación, en específico de la SCJN, que resuelva en definitiva este tema.
Mencionó que le preocupan los intereses de los contribuyentes que han promovido amparos y que, ante la falta de decisión judicial, están en un estado de incertidumbre jurídica.
“No es conveniente que en un juicio de control constitucional de derechos fundamentales, como lo es el juicio de amparo, no pueda sentarse al menos un precedente del más alto Tribunal, SCJN, que defina la cuestión controvertida”, subrayó.
Como defensor de los contribuyentes estimó que la reforma constitucional de derechos humanos de junio de 2011 no podrá evaluarse como cumplida si las decisiones más sensibles para los justiciables, como es el caso de la contabilidad electrónica, no se resuelven en forma oportuna.
Lo anterior, máxime cuando se trata de temas inaplazables para los contribuyentes, como es la certeza sobre la forma o sistema en que deben llevar su contabilidad, manifestó.
En un comunicado, hizo un recuento sobre la situación que actualmente prevalece en cuanto a la defensa legal de los contribuyentes sobre la contabilidad electrónica.
Informó que las demandas se turnaron a dos juzgados de Distrito que dictaron resoluciones diferentes pues, en unos casos, concedieron la suspensión para el no envío de la contabilidad electrónica, mientras que en otros la concedieron además para no llevarla.
Al impugnar las autoridades fiscales estas suspensiones ante los Tribunales Colegiados, los casos se complicaron y confundieron más, pues unos Tribunales confirmaron la medida, mientras que otros la confirmaron en parte y, otros, la negaron, agregó.
La Prodecon resaltó que frente a estos criterios contradictorios, el asunto llegó a la SCJN y en febrero de 2015, la Segunda Sala resolvió que sí procede conceder la suspensión en contra del envío de la contabilidad electrónica.
Recordó que en 2016, un año después, la propia Sala resolvió en cambio que, por lo que toca a la obligación de los contribuyentes de llevar contabilidad electrónica, no procede la suspensión.
Aun cuando la Corte sentó los criterios mencionados, éstos no modifican los casos ya resueltos por los tribunales o jueces, sino definen el criterio a futuro que debe aplicar, precisó.
Respecto al fondo del asunto, es decir, si es o no constitucional la contabilidad electrónica, recordó que los dos Juzgados de Distrito a los que se turnaron los amparos también han dictado sentencias contradictorias, pues uno ha negado el amparo y el otro lo ha concedido.
En tanto, la Corte recibe las primeras sentencias en revisión desde hace más de seis meses y aún no tiene fecha para dictar sentencia de fondo, expuso.
La Prodecon consideró que todo lo anterior conduce a una situación de profunda confusión, disparidad y complejidad para los contribuyentes que interpusieron los amparos.
Por si fuera poco, advirtió, si la SCJN resuelve finalmente negar el amparo contra la contabilidad electrónica; los contribuyentes que en sus amparos obtuvieron la suspensión tendrán que cumplir de manera retroactiva con el envío de su contabilidad, lo que les traería problemas.
Destacó que algunos contribuyentes aún están en posibilidad de acudir al amparo, pues apenas este año inician con las obligaciones de llevar y enviar la contabilidad electrónica, por lo que persiste la incertidumbre jurídica entre los pagadores de impuestos sobre cuáles son las obligaciones con las que deben cumplir.
“La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente hace un llamado respetuoso para que la SCJN no espere más y resuelva en definitiva este asunto a fin de brindar certeza jurídica a los contribuyentes”.