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“Al final del día es un avance que se tiene porque, definitivamente, este tipo de prisión preventiva violenta derechos como la presunción de inocencia y la misma culpabilidad de los detenidos. No hay que olvidar que se deja ahí el derecho de la fiscalía de poder justificar la prisión preventiva en aquellos casos que sean necesarios. Por eso se cree que esto no crea impunidad”, dijo.Sin embargo, en la carta que también fue firmada por Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, gobernador de Guanajuato, hacen énfasis en que esta medida podría poner en riesgo de colapso a los tribunales federales al verse obligados a analizar todas y cada una de las solicitudes de modificación a la medida cautelar.“Al final del día, la propia constitución, establece esta contraposición que hay en aplicar la medida de manera automática. Si bien es cierto hay un catálogo y, este catálogo, es del artículo 19. Pero esta sentencia de la Corte Interamericana es la que viene a dar esta inconvencionalidad de esos delitos del catálogo del 19 constitucional”, señala.En enero de 2023 la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó a México eliminar la prisión preventiva oficiosa, prevista en el artículo 19 de la Constitución Mexicana.El especialista afirmó que, aunque, el estado de Guanajuato forma parte de los 18 estados en donde el Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro Norte aprobó eliminar esta medida, esta podría se retomada en caso de que la carta enviada por la CONAGO tenga algún efecto a favor de este pronunciamiento. /LT
