“Ante esta realidad, que es tangible, debemos admitir que existe un tipo de violencia, como lo es la vicaria, que representa cualquier acción u omisión ejercida contra una mujer con la finalidad de causarle daño o sufrimiento. Además, es realizada por una persona con quien tenga o haya tenido relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o análoga. Y se dirige en contra de las hijas, hijos o personas significativas”.
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“Incluso ese daño puede realizarse en bienes materiales, utilizados como instrumento para infligir daño, chantajearla o intimidarla, para ejercer presión sobre ella y mantenerla subordinada como propósito del sujeto activo”.Se trata de la primera iniciativa sobre este tema que busca considerar este tipo de violencia en el Código Penal. En 2022 fue aprobada una propuesta para incluirla en el Código Civil y en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Con la iniciativa aprobada, hace 2 años, fueron reconocidas las implicaciones de este tipo de violencia, además de que fueron establecidas sanciones en materia de patria potestad, mas no con medidas como la prisión./ED
