“Aplicar un método de interpretación literal, en un conflicto jurídico, lo que acarrea como riesgo es que no se imparta justicia porque el juez estará atado de manos; y, aunque él tenga una idea distinta de interpretación, no puede hacerla porque la propia Constitución, en el transitorio, establece que solo puede aplicar un método literal. Si aplicara un método diferente, tratando de dar una interpretación más justa, puede incurrir en responsabilidad administrativa”.
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Por su parte, Víctor Manuel Sánchez Quiroz, presidente del Colegio de Abogados de León, manifestó que esto también implica dificultades al momento de que los amparos sean resueltos, sobre todo para quien lo solicita.“Ya nos está dando un problema para defendernos, porque anteriormente sabías que el amparo era tu escudo, tu defensa para cualquier proceso. Ahora, tomando en cuenta que los amparos los va a resolver gente sin experiencia, que no está preparada técnicamente –como habíamos comentado–, pues va a ser un problema”.Fue la tarde del pasado 15 de septiembre cuando Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, con la firma de Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta electa, como testigo, promulgó la Reforma Judicial, tras obtener la aprobación de más de los 17 congresos locales requeridos./ED
