Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso local aprobó modificaciones al Código Penal del Estado de Guanajuato, a fin de aumentar las sanciones de los delitos cometidos en contra de los animales, el delito de extorsión y a quienes agredan al personal del sector salud.
En el caso del maltrato a animales a quien dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de 60 a 300 días multa; en caso de que se haga uso de métodos que provoquen un grave sufrimiento al animal, previo a su muerte, las penas se aumentarán hasta en una mitad.
Plantean que tratándose de perros, si la muerte es causada por actividades de exhibición, espectáculo o pelea, la pena se incrementará hasta en dos tercios de la pena prevista en el primer punto.
Señalan que a quien dolosamente cause la mutilación orgánicamente grave de un animal vertebrado, se le impondrá de dos a seis meses de prisión y de veinte a sesenta días multa.
Indican que se les impondrá una pena de seis meses a cinco años de prisión y de doscientos a dos mil días multa a quien posea, entrene, compre o venda perros con la finalidad de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad como las peleas de perros.
Así habló, el diputado de la fracción del Verde, Israel Cabrera.
“No perdamos de vista que la crueldad hacia los animales y la violencia humana tienen una relación directa, de ahí la importancia de que esta actividad no se constriña únicamente a la esfera del derecho administrativo sino que se dé la intervención del Estado a través de las normas del derecho penal”.
En el caso de la extorsión, las modificaciones establecen como delito grave la extorsión; y aumenta la sanción de cuatro a 15 años de prisión y de 40 a 150 días multa, a quien obtenga un provecho indebido para sí o para otro obligando a otra persona por medio de la violencia a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo en su perjuicio o en el de tercero.
Respecto a las las agresiones y comportamiento violentos perpetrados contra servidores públicos del área de la salud, las reformas se establece que, al responsable de lesiones en contra de personal profesional, técnico o auxiliar adscrito al sistema de salud, que presten sus servicios durante las declaratorias de contingencia o emergencia sanitaria formuladas por autoridad competente, se le aumentará la punibilidad en un tercio del mínimo a un tercio del máximo de la que correspondería de acuerdo con varios artículos del Código penal.