Guanajuato.- El Instituto de Acceso a la Información Pública de Guanajuato (IACIP) ordenó a la Fiscalía General del Estado (FGE) entregar a un particular, que así lo solicitó, los montos de retiro o prestaciones otorgadas al exfiscal Carlos Zamarripa Aguirre por los años que laboró en la institución, así como el monto de la pensión que recibirá conforme a las reformas realizadas al reglamento interior de la Fiscalía.
La resolución fue emitida el pasado 5 de marzo por unanimidad de los dos comisionados, Juan Sámano y Alejandro Rocha Pedraza, junto con la presidenta del IACIP, Mariela Huerta, tras un recurso interpuesto por un ciudadano que originalmente solicitó la información a la FGE.
Inicialmente, la FGE argumentó que la información relativa al personal sustantivo debe resguardarse debido a los riesgos y repercusiones de diversa índole asociados a sus funciones. Sin embargo, el IACIP, a través del comisionado Alejandro Rocha, determinó que el monto de liquidación recibido por el exfiscal Zamarripa no puede considerarse una excepción al derecho de acceso a la información, ya que se trata de recursos provenientes del erario público.

El instituto señaló que esta información es pública, pues permite verificar el uso adecuado de los recursos públicos por parte de la FGE. Por ello, ordenó que en la respuesta complementaria se proporcione al solicitante la información requerida.
Pensión de Carlos Zamarripa
En cuanto al monto de la pensión de Carlos Zamarripa, la FGE respondió que no existe un monto adicional otorgado por la institución, por lo que, para conocer la cifra exacta, se debería presentar una nueva solicitud ante el Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, específicamente al Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato.
Sin embargo, el IACIP precisó que la solicitud no se refiere a seguros establecidos en la Ley de Seguridad Social del Estado, sino a una prestación económica estipulada en el artículo 449 del Reglamento Interior de la FGE. En consecuencia, la Fiscalía no puede remitir la solicitud a otra instancia, ya que la información solicitada está en su poder.
“Por ende, la respuesta dada, en el sentido de referir que dicha información está en posesión de otro sujeto obligado, no tiene sustento legal, ya que existe normativa vigente y aplicable al caso que indica que la información solicitada se encuentra en posesión de la FGE. Por lo tanto, dicho sujeto obligado debe emitir una respuesta fundada y motivada, informando el monto erogado por apoyo complementario de seguridad social al término de servicio por jubilación o vejez, o bien, por gratificación por fidelidad al término del cargo”, señaló el IACIP.
La FGE dispone de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente día de la notificación, para entregar la información y tres días adicionales para acreditar ante el IACIP el cumplimiento de la resolución.
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/ED
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