Guanajuato.- El Tribunal Estatal Electoral dio parcialmente la razón a tres integrantes de la comunidad de la diversidad sexual que impugnaron la emisión de medidas afirmativas a favor de grupos vulnerables y ordenó al Instituto Estatal Electoral emitir un nuevo acuerdo que garantice la participación de todos los grupos vulnerables en el proceso electoral tanto en diputaciones como en ayuntamientos, tomando como base los resultados que el estudio realizado por el propio IEEG.
De esta manera, la resolución tomada por unanimidad por el TEEG, ordena al IEEG que emita una medida que permita a los partidos registrar al menos un 4.9% de las candidaturas para los Ayuntamientos con personas de la diversidad sexual, pues ese es el porcentaje de la población que representan según el estudio.
“Con relación a las diputaciones determinará que sean dos y no una las candidaturas de mayoría relativa que postulen los partidos y coaliciones en los distritos de alta y mediana competitividad o en su defecto, dos en el bloque de alta y dos en las primeras cuatro fórmulas de la lista plurinominal”.
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La resolución del TEEG señala que la emisión de acciones afirmativas del IEEG es indebida, pues contaba con datos estadísticos suficientes para establecer un porcentaje mínimo que debían establecer los partidos políticos en la postulación de candidaturas conformadas por personas de la diversidad sexual debido a que la realización de un estudio no se limitaba a instituir si era factible o no una medida afirmativa, sino que a partir de parámetros objetivos y razonables determinara las acciones necesarias para materializar grupos vulnerables.
El Tribunal señala que si bien las medidas aplicadas por el Instituto tienen como objetivo que esta comunidad se encuentre políticamente representada, lo cierto es que su aplicación genera una confrontación innecesaria de sus derechos con los de otros grupos en situación de vulnerabilidad, leyó Francisco Reynoso Valenzuela, secretario coordinador de Ponencia.
“Lo anterior porque se dejó al árbitro de los partidos y coaliciones la posibilidad de postular una candidatura entre cualquiera de los cuatro grupos. Esto es, personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes y afromexicanos, lo que genera la posibilidad de que se tomen decisiones arbitrarias y fuera de los parámetros de objetividad y racionalidad, debido a que el acuerdo impugnado solo prevé que estos procuren realizar postulaciones equilibradas entre las diferentes comunidades sin que exista una consecuencia en caso de no hacerlo”, indicó.
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