Guanajuato.- El Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) confirmó la validez de la elección de la gubernatura y rechazó la impugnación de Morena que solicitó la invalidez de esos comicios por presuntas violaciones a los principios de certeza y legalidad de la ley electoral.
Por unanimidad las 2 magistradas y el magistrado rechazaron los argumentos morenistas en el sentido de que la hoy gobernadora electa, Libia Dennise García Muñoz Ledo se vio favorecida por el uso indebido de recursos públicos, la coacción al voto a través de programas sociales y violencia política en contra de Morena y su candidata Alma Alcaraz.
En el proyecto de resolución de la magistrada Yari Zapata López se concluye que son infundados e inoperantes los agravios en virtud de que no los sustentó en información o prueba eficaz para la acreditación de sus afirmaciones, leyó la secretaria de ponencia Patricia Santis Lajovich.
Rechaza TEEG petición de Morena de recuento de votos del Distrito II
“Las causales de nulidad de la elección contenidas en la base sexta del artículo 41 de la Constitución federal, así como el artículo 436 de la ley electoral local se establece claramente que deberán acreditarse de manera efectiva y material, lo que en este caso no se demostró, pues las pruebas que aportó son varios procedimientos especiales sancionadores que aún se encuentran en trámite ante la autoridad administrativa electoral, en consecuencia, no es factible anular una elección válidamente celebrada con base en faltas que no se demostró afectaran sustancialmente la certeza en el ejercicio del voto y sus resultados”.
En la sentencia, el TEEG arguye que además la relación entre la violación a la ley y el resultado de la votación y las irregularidades debe ser lo suficientemente grave para ameritar la nulidad y en este caso, los agravios son inoperantes.
También dice que en el señalamiento de violencia generalizada de la autoridad estatal en contra de la candidata solo se entregó como prueba una entrevista realizada al gobernador del Estado por un medio noticioso, lo cual es un elemento insuficiente para acreditar la violación a la ley electoral.
/ED
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